Ayer, día 9 de julio de 2020, se resolvió el procedimiento abreviado 11/2020, mediante la setencia 0059/20, emitida por el Juzgado de lo contencioso-administrativo, número 2 de Cáceres.
El problema comenzó a finales de 2019 cuando se intentó imponer de forma unilateral, a los miembros del Cuerpo de Policía local de Talayuela, unos cuadrantes realizados desde la propia Alcaldía mucho más gravosos de los que se venía haciendo años antes y contrarios al Acuerdo-Convenio firmado entre el Alcaldes y el delegados de personal de los funcionarios.
Según la propia sentencia la Corporación alegaba la INEXISTENCIA DEL ACTO, pese a existir el documento, estar firmado y negociado por las partes.
También añade la sentencia que:
F.D. 1º «El jefe de la Policía Local es el encargado de dirigir, organizar y coordinar el funcionamiento de todos los servicios del cuerpo».
F.D.2º: El Acuerdo firmado por el Alcalde y la Policía Local es válido desde el mismo día de su firma y los cuadrantes impuestos no lo respetaban».
CONCLUSIÓN DEL JUEZ: Reconoce el derecho de los Policías locales a que se cumpla el convenio firmado entre el anterior Alcalde y la Policía Local.